Según la orden de 28 de Julio de 2000, por la que se regulan los requisitos materiales y funcionales de los servicios y centros de Servicios Sociales de Andalucía, en el apartado 1.3 sobre requisitos funcionales, dice que existirá un reglamento de régimen interior que regulará derechos y deberes de los usuarios, reglas de funcionamiento, régimen de admisiones y bajas; horarios del centro y de sus servicios, sistema de participación de los usuarios y tutores y sistema de pago de servicios.
Derechos de los usuarios
- A no ser discriminado por razón de raza, religión, ideología o cualquier otra condición o circunstancias personales o sociales.
- A que se respete su personalidad, dignidad humana e intimidad.
- A la confidencialidad en cualquier información relacionada con su proceso de tratamiento, excepto si existe una petición judicial de algún dato de su historia clínica.
- A la atención individualizada, según sus necesidades específicas, proporcionándole una asistencia técnica correcta, con los medios profesionales disponibles, y con los mínimos riesgos, dolor y molestias, tanto físicas cómo psíquicas.
- A recibir información oral o de forma escrita en lo referente a su proceso, pudiendo participar en la toma de decisiones.
- A conocer los cauces formales para formular quejas y sugerencias, mediante hojas de reclamaciones y buzón de sugerencias.
- A no continuar con el tratamiento solicitando el alta voluntaria, si así lo desea.
- El familiar responsable tendrá derecho a ser informado sobre los tratamientos (previo consentimiento del usuario), asistir y participar en las entrevistas que se concierten, así cómo recibir información de aquellas decisiones urgentes que deban ser adoptadas en relación al usuario y las que puedan incidir en la salud o situación del mismo.
Deberes de los usuarios
- Conocer, respetar y cumplir las normas establecidas en el reglamento de régimen interior.
- Respetar a los profesionales encargados de la atención a los usuarios, así cómo las decisiones que se tomen para el correcto cumplimiento del programa terapéutico, colaborando con dichos profesionales en la resolución de los problemas que se planteen.
- Abstenerse de realizar actividades ilícitas en las dependencias del centro
- Respetar al resto de los usuarios del centro.
- El familiar responsable tiene el deber de conocer y cumplir este reglamento, así como de cumplir las indicaciones que se establezcan para la correcta atención a los usuarios.
Reglas de funcionamiento
El centro es de carácter ambulatorio y como tal la atención se realizará mediante la atención directa del paciente con citas programadas con los profesionales y distribuidas a lo largo del horario de atención.
Estas citas podrán tener un carácter individual, familiar o grupal, dependiendo de lo establecido en el programa terapéutico individualizado.
En cualquier caso no se realizarán consultas, cuando se considere que el paciente está bajo los efectos de alguna sustancia tóxica, y esto impida el normal desarrollo de la asistencia.
Los informes realizados estarán firmados por el equipo terapéutico en su conjunto, por alguno de los técnicos responsables de forma individual, o por la propia dirección del centro, teniendo en cuenta las características de la información aportada.
No se permite la entrada de animales a las consultas.
La no asistencia a una cita programada o el retraso en esta, deberá ser justificada suficientemente, quedando en cualquier caso supeditado al terapeuta el cambio de hora y día para dicha cita.
La falta reiterada a citas programadas podrá suponer el cese de la relación terapéutica.
Se pueden solicitar informes sobre el proceso terapéutico, o justificaciones de asistencia, de forma personal por el propio paciente, y con la suficiente antelación.
Los análisis de metabolitos en orina se realizarán en el propio centro, según la frecuencia acordada en el programa terapéutico, y podrán ser presenciales. En caso de no poder acudir el paciente los traerá el familiar responsable o alguien bajo su responsabilidad. En cualquier caso queda bajo la supervisión de los profesionales del centro la validez de dichos análisis.
Estos análisis serán enviados semanalmente a un laboratorio para la determinación de los resultados.
Los profesionales del centro no se responsabilizan de posibles errores u omisiones en la recogida, transporte y realización de los análisis de metabolitos y sangre. En cualquier caso las modificaciones o intentos de alteraciones de dichos análisis, serán tenidas en cuenta en el programa terapéutico establecido, pudiendo incluso suponer el cese de la relación terapéutica.
La alteración del orden público, peleas o tráfico de sustancias en el centro o los alrededores de las dependencias supondrá el cese de la relación terapéutica.
Usuarios y trabajadores del centro dispondrán las medidas necesarias para se consigan unas normales condiciones higiénicas del mismo.
En cuanto a los fumadores, se dispondrá sobre lo establecido por la normativa vigente, para los centros públicos.
Régimen de admisiones y bajas
La atención en el centro no supone coste alguno para el usuario.
Se atenderá a cualquier persona y/o familiar, que presente de forma voluntaria una demanda de atención y/o información, por problemas relacionados con el uso de drogas y/o adicciones sin drogas, que procedan del ámbito territorial determinado por la comarca de Antequera, bien por contacto directo o derivados del sistema de salud, servicios sociales u otros colectivos, así cómo a usuarios derivados del sistema judicial, siempre que no se opongan a realizar tratamiento.
Son susceptibles de atención prioritaria los menores, las embarazadas, las situaciones de emergencia social y personas en tratamiento que salgan de Hospital, Prisión, Comunidad Terapéutica o derivados de otros centros de tratamiento.
Existen varias modalidades de conclusión de la relación terapéutica:
- Alta Terapéutica: el paciente ha concluido su programa terapéutico de forma satisfactoria
- Alta voluntaria: el paciente finaliza la relación terapéutica sin que se hayan alcanzado los objetivos propuestos de forma satisfactoria, manifestando su voluntad de concluir dicha relación
- Alta por abandono: El paciente abandona el tratamiento
- Alta por derivación: El paciente es derivado a otro recurso terapéutico.
- Alta por defunción: El paciente fallece durante el tratamiento
- Alta disciplinaria: El paciente es expulsado por incumplimiento de las normas de régimen interior.
Sistema de participación de los usuarios
Se considera usuario del centro a toda aquella persona que demande cualquier tipo de información o solicitud al respecto y/o precise la realización de una intervención o tratamiento, relacionados de alguna forma con la existencia de una problemática derivada del uso de drogas y o relativa a aspectos preventivos sobre el consumo de dichas sustancias.
En cualquier caso todo usuario tiene derecho a recibir la información necesaria y suficiente, y en el caso de que estén recibiendo tratamiento, a recibir información periódica y/o puntual sobre la situación de su tratamiento, en la forma que se determine (oral o escrita), quedando supeditada la aportación de dicha información únicamente a la disponibilidad de tiempo, por parte de los trabajadores del centro. En cualquier caso esta información se hará efectiva únicamente a los propios pacientes o familiares y/o similares, con la aprobación de aquellos. En el caso del sistema judicial se estará a lo que disponga el imperativo legal, y el código ético profesional.
Esta participación también queda definida por otros posibles procesos terapéuticos en los que esté participando el paciente, o de las modificaciones de aquellos, de los cuales el propio paciente deberá informar con la premura suficiente a los terapeutas del centro.
Se establece un sistema de quejas y reclamaciones para los usuarios.
Las quejas y reclamaciones se dirigirán al Area de Asuntos Sociales, quién resolverá según lo previsto en la Ley de Procedimiento Administrativo.
Horario
El horario de atención del centro es de Lunes a Viernes de 7,30 hs. a 15 hs., durante todo el año, exceptuando fiestas y festividades de ámbito nacional, autonómico, local y laboral.
El presente reglamente entrará en vigor a partir del día 1 de Noviembre de 2014.