Retribuciones Cargos Públicos e Indemnizaciones
Relación de miembros corporativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el día 15 de junio de 2019:
- Don Manuel Jesús Barón Ríos: 4.025,00 €.
- Doña Ana María Cebrián Sotomayor: 3.220,00 €.
- Don Alberto Arana Escalante: 3.220,00 €.
- Don Antonio García Acedo: 3.220,00 €.
- Doña Teresa Molina Ruz: 3.220,00 €.
Relación de miembros corportativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el dia 15 de junio de 2019 al dia 30 de junio 2019:
- Don Juan Rosas Gallardo: 3.220,00€
Relación de miembros corportativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el dia 1 de Septiembre de 2019:
- Don Juan Rosas Gallardo: 3.220,00€
- Doña Elena Melero Muñoz: 3.220,00€
Relación de miembros corportativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el dia 15 de noviembre de 2019:
- Doña Sara Ríos Soto: 3.220,00€ (publicado en el BOP de Málaga núm. 117 de 19/06/2020)
Relación de miembros corportativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el dia 15 de Junio de 2019 al 16 de julio de 2019:
- Don Juan Bautista Álvarez Cabello: 3.220,00€
Relación de miembros corportativos, con dedicaciones exclusivas, así como los sueldos brutos mensuales de cada uno de ellos, con efectos desde el dia 1 de abril de 2020 hasta el 19 de mayo de 2022:
- Don Ángel Luis González Muñoz 3.284,40 € (publicado en el BOP de Málaga de 25-05-2020 y BOP de Málaga de 07-07-2022)
A estas cantidades hay que incrementarle, en los casos en que proceda, una cantidad equivalente a la antigüedad que cada uno pueda acreditar de su empresa de origen, sea funcionario o laboral, dándole el valor a cada trienio acreditado, en función del grupo profesional y la cantidad que a dicho grupo le corresponda, según la tabla que se aplica en el Ayuntamiento de Antequera, independientemente de la que tengan en las empresas de origen.
La fecha de alta en la Seguridad Social o en la mutualidad que, en su caso, fuese pertinente, de todos los miembros con dedicación exclusiva será la que los respectivos acuerdos plenarios han acordado.
Dedicación exclusiva por cada grupo de la Oposición:
Será retribuida con una cantidad bruta mensual de 2.415,00 € si se ejerce la Portavocía del Grupo, y de 1.955,00 € si no se ejerce dicha Portavocía.
En ambos casos, la fecha será desde el día 15 de junio de 2019 con el alta en la Seguridad Social, correspondiendo la dedicación exclusiva:
- Por el Grupo Municipal Socialista en Concejal designado por el propio Grupo;
- Por el Grupo Municipal de Adelante Antequera al Concejal don Francisco de Paula Matas García, pero en un porcentaje del 90% de la misma para permitir el ejercicio de su actividad profesional privada como abogado en ejercicio.
- Por el Grupo Municipal de Ciudadanos al Concejal don José Manuel García Puche.
Las retribuciones anuales de los miembros corporativos con dedicación exclusiva o parcial serán de doce mensualidades al año, más dos pagas extraordinarias completas, incluyendo los sueldos brutos y cantidad equivalente a antigüedad, en los casos en que proceda, teniendo cada año la misma variación que la Ley de Presupuestos del Estado marque para los funcionarios públicos y con los límites establecidos en dicha norma presupuestaria.
Indemnizaciones por asistencia de Concejales, Tenientes de Alcalde y Alcalde, siempre que no tengan dedicación exclusiva, a los órganos colegiados que se indican:
JUNTA DE GOBIERNO LOCAL:
- Teniente de Alcalde: 225,00 €.
- Alcalde: 300 €.
PLENO:
- Concejal: 250,00 €.
- Teniente de Alcalde: 300,00 €.
- Portavoz: 345,00 €.
- Portavoz de Gobierno: 375,00 €.
- Alcalde: 400 €.
COMISIONES INFORMATIVAS:
- Concejal: 145,00 €.
- Teniente de Alcalde: 170,00 €.
- Portavoz: 200,00 €.
JUNTA DE PORTAVOCES:
- Portavoz: 115,00 €.
- Alcalde: 145,00 €.
Estas cantidades se actualizarán o variarán cada año en el porcentaje que determine la Ley de Presupuestos Generales del Estado para los funcionarios públicos.
Se establece el siguiente límite máximo mensual:
- Para los Tenientes de Alcalde sin dedicación exclusiva, en la cantidad de 2.000,00 € brutos al mes.
- Para los concejales sin dedicación exclusiva, en la cantidad de 1.200,00 € brutos al mes, que se incrementarán a 1.500,00 € brutos al mes en caso de ser Portavoz.