Información del Trámite

Nombre:

Descripción:

  • Impreso de solicitud de licencia municipal de ocupación o utilización. En el caso de vivienda corresponde solicitar licencia de ocupación. En los demás supuestos distintos a vivienda le corresponde solicitar licencia de utilización.

Documentación a aportar:

  • Fotografía a color de cada fachada del inmueble
  • Copia sellada de presentación del Modelo 902 de Declaración Catastral (en caso de cambio de uso; Modelo 904)
  • Impreso cumplimentado de Alta en la Hacienda Municipal con relación de Bienes y Titulares
  • Referencia catastral
  • Número de finca registral (o nota simple reciente) para actuaciones en suelo no urbanizable.
  • Además se aportará la siguiente documentación (según los casos que se indican):
    1. EDIFICACIONES AMPARADAS EN LICENCIA DE OBRAS de nueva construcción, ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que requiriesen proyecto técnico:

      • Fotocopia de Licencia Municipal de Obras
      • Documento acreditativo del coste de ejecución de las obras
      • Plano de situación y emplazamiento
      • Planos acotados de alzados, sección y distribución de cada planta de la obra realmente ejecutada
      • Certificado, acreditativo de la efectiva y completa finalización de las obras suscrito por técnico competente y visado por el colegio profesional (cuando así lo exija la normativa estatal)
      • Certificado Energético Andaluz de edificio terminado.
      • Informe de ensayo que justifique el cumplimiento del DB-HR (CTE), de acuerdo con el Decreto 6/2012, de 17 de enero.
      • Declaración (del mismo técnico referido en el apartado anterior) sobre la CONFORMIDAD de las obras ejecutadas con el proyecto autorizado por la Licencia de Obras correspondiente.
      • Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de todas las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora (instalación eléctrica, fontanería, telecomunicaciones y protocolo de pruebas, etc)
      • En su caso; Certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicios públicos, de la correcta ejecución de las acometidas de las redes de suministros.
      • En caso de edificios o conjunto de edificaciones de más de 20 viviendas, certificado de Fin de Obra firmado por el Ingeniero Técnico en Telecomunicaciones que haya actuado como director de obra, acompañada de boletín de instalación y protocolo de pruebas.
    2. EDIFICACIONES EXISTENTES en las que no sea preciso la ejecución de ningún tipo de obra reforma o adaptación:

      • Fecha de terminación de obra

      • Descripción del estado de conservación del inmueble

      • Instalaciones con que cuenta el edificio

      • Acreditación, en función de las circunstancias anteriores, de la APTITUD de la edificación para destinarse al uso previsto.

      • Identificación catastral y registral del inmueble

      • Condiciones urbanísticas vigentes.

      • Certificado, descriptivo y gráfico, suscrito por técnico competente y visado por el Colegio Profesional (cuando así lo exija la normativa estatal) en el que conste:

      • Documentación justificativa de la puesta en funcionamiento de las instalaciones ejecutadas en el inmueble conforme a su normativa reguladora (instalación eléctrica, fontanería, telecomunicaciones y protocolo de pruebas, etc)
         
      • Certificación emitida por las empresas suministradoras de los servicio públicos, de que las redes son accesibles desde la edificación sin precisar nuevas obras, y de ser viable dicha acometida.

Lugar de entrega:

  • Registro General del Ayuntamiento
    • C/ Infante don Fernando, 70
  • Edificio antiguo hospital de San Juan de Dios
    • C/ Infante don Fernando, 67

Horario:

  • De 9:00 h. a 14:00 h.

Legislación aplicable:

  • Plan General de Ordenación Urbana de Antequera.
  • Ley 7/2002 de 17 de diciembre de Ordenación Urbanística de Andalucía.
  • Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local.
  • Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de julio.
  • Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales.
  • Real Decreto 2159/1978, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento.
  • Real Decreto 2187/1978, de 23 de julio, por el que se aprueba el Regamento de Disciplina Urbanística.
  • Ley 30/1992, de 30 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
  • DECRETO 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía.